Expectativas en cuanto a conducta estudiantil Mala conducta en general Programa disciplinario de educatión alternativa (DAEP) Colocación y/o expulsión por ciertas faltas graves Expulsión Colocación en un Programa educacional alternativo de Justicia a Menores Estudiantes con discapacidades  
Código de Conducta
Expectativas en cuanto a conducta estudiantil

Como lo declaran las Normas sobre resultados 1, 6 y 7 de la Mesa Directiva, todos los estudiantes progresarán académica e intelectualmente y se graduarán preparados para el éxito personal e inspirados para contribuir al bien de la sociedad. A fin de cumplir con esta misión, todos los estudiantes demostrarán la aptitud, la actitud y las habilidades para llevar una vida responsable, satisfactoria y respetuosa, y todos entenderán también cuáles son los componentes de un estilo de vida saludable. Para asegurar que todos los estudiantes aprendan en un ambiente seguro y libre de trastornos, se espera que cada uno:

  • Demuestre cortesía y respeto a los demás
  • Se porte de manera responsable
  • Asista a todas las clases con regularidad y a tiempo
  • Se prepare para cada clase, llevando los útiles indicados y los trabajos asignados
  • Se presente aseado, vestido con propiedad y según el código del vestir del distrito o del plantel
  • Respete los derechos y privilegios de otros estudiantes, de maestros(as) y de otro personal del Distrito
  • Respete la propiedad de los demás, incluida la del Distrito y sus instalaciones
  • Coopere con el personal escolar o le ayude a mantener seguridad, orden y disciplina, y
  • Evite violaciones al Código de Conducta del estudiante.

Al estudiante cuya conducta manifieste falta de respeto a los demás, incluyendo interferencia en su acceso a educación pública y/o ambiente seguro, se le someterá a acción disciplinaria. El Distrito o las escuelas en particular pueden imponer reglas del plantel o del salón de clase, además de las que están en el Código de Conducta del estudiante.

Estas reglas pueden estar en los manuales de estudiantes de cada plantel, o aparecer en salones de clase, y pueden o no constituir violaciones al Código de Conducta estudiantil.

En general, la disciplina se diseñará con la intención de corregir la mala conducta y de alentar a todos los estudiantes a cumplir con sus responsabilidades como ciudadanos de la comunidad escolar. La acción disciplinaria y la duración de la tarea asignada dependerán del juicio profesional de maestros(as) y administradores y de una escala de técnicas para manejo de la disciplina. La acción disciplinaria se relacionará -aunque sin limitarse a ella- con la gravedad de la falta, la edad del estudiante, el nivel de su grado, la frecuencia de la mala conducta, la actitud del culpable, el hecho de que pudiera haber actuado en defensa personal, el efecto de su mala conducta sobre el ambiente escolar, la intención o falta de intención, en el momento en que el estudiante haya emprendido esa forma de conducta, y los requisitos de la ley (p.ej. IDEA, 504). Debido a estos factores, la disciplina para una falta determinada (a menos que la ley especifique otra cosa) puede hacer intervenir diversas técnicas y respuestas.

Estas técnicas pueden usarse solas o en combinación, para violaciones al Código de conducta o faltas no relacionadas con él, como reglas del plantel escolar o del salón de clase:

  • Corrección verbal.
  • Tiempo de enfriamiento o "tiempo fuera."
  • Cambios de asiento en el salón de clase.
  • Guía profesional de consejeros, maestros(as), o personal administrativo.
  • Conferencias de padres y maestros(as).
  • Confiscación de objetos que trastornan el proceso educacional.
  • Contratos de conducta.
  • Envío de el/la estudiante a la oficina o a otra área asignada, o suspensión en la escuela.
  • Asignación a otro salón de clase.
  • Detención.
  • Asignar deberes además del trabajo de clase.
  • Retirar o restringir privilegios de autobús.
  • Quitar privilegios, como participar en actividades extracurriculares y elegibilidad para buscar y retener cargos honorarios.
  • Técnicas o castigos específicos de códigos de conducta de ciertas organizaciones estudiantiles.
  • Probación evaluada y aplicada por la escuela.
  • Referencia a agencia y/o autoridad legal ajenas, para juicio criminal, además de medidas disciplinarias impuestas por el Distrito, y/o
  • Otras estrategias y consecuencias, según especifique el Código de conducta estudiantil o lo juzguen apropiado administradores del plantel escolar, como suspensión, remoción o expulsión

Nota: El castigo corporal no se permite en Austin ISD.

Cuando consecuencias disciplinarias requieren conferencias o audiencia, el Distrito hará un esfuerzo de buena fe por informar al estudiante y a uno de sus padres o custodio legal de la hora y el lugar de la conferencia o audiencia. El Distrito puede celebrar una u otra, lo mismo si asiste que si no asiste, el estudiante, alguno de sus padres o custodio legal u otro adulto que represente al estudiante.

Autoridad disciplinaria
Las reglas y la autoridad del Distrito para imponer disciplina se aplican siempre que intervenga el interés de la escuela, en terrenos escolares o fuera de ellos, independiente de clases y actividades patrocinadas por la escuela o en relación con ellas. El Distrito tiene autoridad disciplinaria sobre un estudiante:

  • Durante el día escolar regular, cuando el estudiante esté dentro de 300 pies de distancia de los límites reales de la propiedad escolar, y mientras vaya o venga a la escuela, en transportación del Distrito.
  • Durante períodos de comida en los que se permite al estudiante salir del plantel escolar.
  • Mientras el estudiante esté asistiendo a cualquier actividad relacionada con la escuela, incluyendo la escuela de verano, a cualquier hora y en cualquier lugar.
  • Por cualquier falta de conducta relacionada con la escuela, a cualquier hora y en cualquier lugar.
  • Cuando se comete una falta de conducta criminal, dentro o fuera de propiedad escolar o en algún evento relacionado con la escuela.
  • Cuando en contra de un empleado o voluntario escolar se toma venganza o se amenaza con ella, a cualquier hora o en cualquier lugar.
  • Cuando el estudiante comete un delito en la comunidad, tal como está previsto en el Código de Educación de Texas, 37.006 o 37.0081.
  • De acuerdo con cualquier código de conducta adoptado a nivel de plantel escolar y relativo a la participación en un club, organización o actividad extracurricular de estudiantes.
  • Por ciertos delitos de expulsión DAEP mandatarios y a discreción, dentro de 300 pies de distancia de la propiedad escolar medida desde cualquier punto de los límites de la propiedad escolar real, y
  • Por cualquier delito de expulsión obligatoria cometido mientras se está en propiedad escolar o se asiste a una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con ella, en otro distrito de Texas.
  • Cuando se requiere que el estudiante se registre como delincuente sexual.
  • Nota: además de las consecuencias disciplinarias ordinarias, la falta de conducta y el delito cometidos en el plantel escolar se denunciarán para su manejo a la agencia apropiada encargada de hacer cumplir la ley.

    El Distrito Escolar Independiente, de Austin no discrimina en sus programas y actividades con base en raza, credo, color, origen nacional, edad, género, orientación sexual, discapacidad o dominio del idioma inglés.

    El Distrito Escolar Independiente, de Austin cree que un valioso elemento de la educación es el desarrollo del respeto a todos los individuos, cualquiera que sea su raza, color, credo, origen nacional, género, orientación sexual, discapacidad u otros atributos personales.

    Norma contra la discriminación sexual en el Distrito Escolar Independiente, de Austin
    El Título IX de las Enmiendas a la Educación, de 1972, Ley pública 93-318, y los reglamentos de ahí derivados, requieren que los distritos escolares no discriminen entre los estudiantes con base en el sexo, en sus programas y actividades educacionales. El acoso sexual es una forma de discriminación sexual.

    Si usted tiene una pregunta o preocupación sobre discriminación sexual en un programa o actividad educacional, dentro del Distrito Escolar Independiente, de Austin, sírvase comunicarse con Mel Waxler (414-3974), coordinador de Título IX para el Distrito Escolar Independiente, de Austin.

Contacto:
AISD Student Discipline
1111 West 6th Street
Austin, TX 78703
Phone: 512.414.2182
Código de Conducta del Estudiante
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